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Patentes vs. acceso a medicamentos

Actualmente países como Sudáfrica, India, Kenia o Tailandia ya no tienen derecho a fabricar medicamentos genéricos libres de patentes; por lo tanto ya no pueden disponer libremente de los medicamentos aparecidos a partir de 1995.

Según el Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual en el Comercio (ADPIC) se establece en 20 años la duración de la patente de los medicamentos que, antes de la firma de este Acuerdo, variaba entre 5 y 15 años dependiendo de los países. Durante 20 años se prohíbe a cualquier empresa farmacéutica fabricar genéricos de las nuevas sustancias, lo que excluye a las personas con ingresos modestos del acceso a los nuevos tratamientos, y la salud se reserva para quienes pueden pagar.

El ADPIC es uno de los Acuerdos negociados en el marco de la Ronda de Uruguay, firmados en 1994 y gestionados por la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Los defensores del ADPIC afirmarn que las patentes y los ingresos que éstas producen son indispensables para financiar la investigación y el desarrollo. Este es el argumento típico de las industrias farmacéuticas y de sus grupos de presión pero olvidan reconocer que menos del 10% de la investigación médica se dedica a las enfermedades que afectan al 90% de la población mundial. Se debe destacar que apenas el 1% de los nuevos medicamentos que aparecen en el mercado tienen relación con esas enfermedades.
En tal sentido el ADPIC ha tenido una consecuencia inmediata: el que los precios de las medicinas se disparen. Pero de lo que se trata no es del comercio sino de la salud como un indicador real de desarrollo. 11 millones de personas mueren al año por enfermedades infecciosas sin haber tenido acceso a los medicamentos esenciales, es decir 30.000 diarias. 2 mil millones de seres humanos no tienen acceso a la asistencia sanitaria básica porque resulta demasiado costosa. En resumen, el derecho a la salud de la mayoría va por detrás de los beneficios de unos cuantos.

El efecto directo del ADPIC finalmente se reconoció durante la reunión ministerial de la OMC en Doha, en noviembre de 2001: la reglamentación de las patentes tiene una repercusión directa en el precio de las medicinas. Los ministros expresaron el deseo de que el ADPIC “no impidiera a los Estados tomar medidas para proteger la salud pública” y afirmaron que el ADPIC no debía impedir “que se protegiese la salud pública, y en particular el fomento del acceso a todos los medicamentos”. Expresaron, asimismo, el deseo de que no se planteara ninguna queja contra un país que, disponiendo de la capacidad de producción farmacéutica, hubiera recurrido al aprovechamiento de la “licencia obligatoria” (es decir la producción de medicamentos genéricos sin consentimiento del propietario de la patente), y autorizaba la fabricación de medicinas de calidad a bajo precio. El asunto sólo afectaba a unos pocos países: Sudáfrica, Brasil, India, Kenia, Tailandia…en cuanto a la inmensa mayoría de los países que sufren numerosas enfermedades mortales y que no disponen de industria farmacéutica, un acuerdo firmado el 31 de agosto de 2003, les permitía recurrir a “importaciones paralelas” (el derecho a importar medicamentos del país donde son más baratos, sin autorización del propietario de la patente). Pero este Acuerdo impone tantas condiciones que resulta impracticable.

Últimamente se ha viso incluso más restricciones a las provocadas por la ADPIC, de modo que cuando los países ricos negocian un acuerdo de libre intercambio bilateral, introducen en él disposiciones que aumentan la protección de las patentes más allá de las previsiones del propio ADPIC. En lugar de ampliar la flexibilidad del ADPIC en este campo vital del acceso a las medicinas, la Unión Europea y Estados Unidos tratan de que desaparezca.
Lo paradójico es que después de la entrada en vigor del ADPIC, que prometía un crecimiento de la Investigación y Desarrollo gracias a la protección de las patentes, se está muy lejos de conseguirlo. Tal como lo señala el Dr. Karim Laouabdia, uno de los responsables de Médicos Sin Fronteras (MSF) internacional, “en lo relativo a las necesidades de los países en desarrollo, las promesas no se han cumplido. El sistema de patentes se suponía que iba a estimular la innovación pero no existe mecanismo alguno para orientar esa innovación y el sistema se mueve por la búsqueda de beneficios”.

La posibilidad de que los países que no pueden producir medicamentos genéricos los importasen se introdujo en el Acuerdo de 2003 mediante una derogación provisional de lo dispuesto en el ADPIC. Para activar esta derogación, los países importador y exportador deben hacerlo al mismo tiempo, notificarlo a la OMC y demostrar que cumplen las numerosas condiciones impuestas en 2003. Sin embargo, como lo confirman en MSF “no existe la más mínima prueba de que este acuerdo funcione de forma efectiva”. Lo que en resumen, significa que no se ha aportado solución alguna al problema del acceso a los medicamentos esenciales. Nada ha cambiado: mientras tanto, 30.000 personas mueren cada día por no haber podido recibir los cuidados que necesitaban.

Frente a esta tragedia, los países africanos no quieren ya soluciones provisionales que no funcionan y exigen una reforma del ADPIC que aporte una solución definitiva que permita la fácil exportación e importación de los genéricos. A tal fin los países africanos han presentado en la OMC una propuesta detallada que supone un documento de base para la negociación.
Sin embargo, en el curso de una reunión del Consejo del ADPIC en la Organización Mundial del Comercio, Estados Unidos se ha negado a que la modificación del ADPIC vaya más allá de unos simples retoques técnicos de los acuerdos de 2003 imposibles de llevar a la práctica. La Unión Europea ha adoptado la misma posición, y lo mismo han hecho Australia, Japón, Nueva Zelanda y Suiza. En sentido contrario, Brasil, China, India, Jamaica y Filipinas han apoyado la propuesta africana.
Hace unos días, la Comisión Europea ha confirmado al Parlamento europeo los aspectos esenciales de la posición que defiende Europa en esta materia: “La Comisión no ve la necesidad de una reunión especial en la OMC para examinar si las actuales normas sobre patentes de la OMC son suficientes para solucionar las necesidades de los países en desarrollo en relación con la salud pública. El ADPIC, la declaración de Doha y la resolución del 30 de agosto de 2003, ofrecen la suficiente flexibilidad para permitir a los miembros de la OMC la protección de la salud pública y la promoción del acceso a los medicamentos”. Es es, una desestimación completa de la demanda de los países más afectados.
Una vez más, la OMC no puede ocultar lo que es en realidad: el lugar donde los países más ricos se esfuerzan en imponer su ley a la totalidad del planeta; demostrando que poco importa los millones de vidas sacrificadas en el altar de los beneficios.

Fuente:
Raoul Jennar, investigador en el URFIG y en la Fundación Copérnico.
MichelCollon.info

3 Respuestas to “Patentes vs. acceso a medicamentos”

  1. Gabriel Martínez en abril 29th, 2010 at 14:46

    Vendo o cedo patente de producto para las enfermedades hepáticas, como cirrosis, hepatitis, cálculos biliares, etc. Esta patentado desde 2002 y es efectivo en un 95%. No he podido comercializarlo por falta de recursos económicos. Precio negociable.

  2. Estimado Gabriel:

    Quizás usted pudiera contactar con alguna asosiación de inventores de su país y/o contactar con alguna oficina de vinculación con el sector productivo de alguna universidad. Quizás por esa vía le sea más fácil poder negociar la patente.

    Atentos saludos del equipo de Bioero.com

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